Condiciones generales de contratación
§ 1 Alcance
1.1 Las presentes Condiciones Generales para la Industria Hotelera (en adelante denominadas "AGBH 2006") sustituyen a las anteriores Condiciones Generales de la Industria Hotelera (ÖHVB) de fecha 23 de septiembre de 1981.
1.2 Las Condiciones Generales de Contratación para la Industria de la Construcción (AGBH 2006) no excluyen los acuerdos especiales. Las Condiciones Generales de Contratación para la Industria de la Construcción (AGBH 2006) son subsidiarias de los acuerdos individuales.
§ 2 Definiciones
2.1 Definiciones de términos:
"Proveedor de alojamiento": Es una persona física o jurídica que aloja a huéspedes a cambio de una tarifa.
«Huésped»: Se refiere a una persona física que utiliza el alojamiento. El huésped suele ser también la parte contratante. Las personas que viajan con la parte contratante (por ejemplo, familiares, amigos, etc.) también se consideran huéspedes.
"Parte contratante": Se trata de una persona física o jurídica, residente en Alemania o en el extranjero, que celebra un contrato de alojamiento como huésped o en nombre de un huésped.
"Consumidor" y "empresario": Estos términos deben entenderse de conformidad con la Ley de Protección del Consumidor de 1979, en su versión modificada.
"Contrato de alojamiento": Este es el contrato que se celebra entre el proveedor de alojamiento y la parte contratante, cuyo contenido se regula con más detalle a continuación.
§ 3 Celebración del contrato - Pago inicial
3.1 El contrato de alojamiento se formaliza al aceptar la reserva el proveedor del alojamiento. Las declaraciones electrónicas se consideran recibidas cuando el destinatario puede acceder a ellas en circunstancias normales y durante el horario comercial publicado por el proveedor del alojamiento.
3.2 El proveedor de alojamiento tiene derecho a formalizar el contrato de alojamiento con la condición de que la parte contratante realice un depósito. En este caso, el proveedor de alojamiento está obligado a informar a la parte contratante del depósito requerido antes de aceptar su reserva, ya sea escrita o verbal. Si la parte contratante acepta el depósito (por escrito o verbalmente), el contrato de alojamiento se formaliza al recibir el proveedor de alojamiento la declaración de consentimiento de la parte contratante para realizar dicho depósito.
3.3 La parte contratante está obligada a abonar el depósito con una antelación mínima de 7 días (fecha de recepción) a la llegada al alojamiento. La parte contratante correrá con los gastos de la transferencia bancaria (por ejemplo, las comisiones). Se aplicarán los términos y condiciones de las entidades emisoras de tarjetas de crédito y débito.
3.4 El pago inicial es un pago parcial a cuenta de la tarifa acordada.
§ 4 Inicio y fin del alojamiento
4.1 A menos que el proveedor de alojamiento ofrezca una hora de entrada diferente, la parte contratante tiene derecho a ocupar las habitaciones alquiladas a partir de las 16:00 horas del día acordado ("día de llegada").
4.2 Si una habitación se ocupa por primera vez antes de las 6:00 a. m., la noche anterior cuenta como la primera estancia nocturna.
4.3 Las habitaciones alquiladas deberán ser desocupadas por la parte contratante antes de las 12:00 del mediodía del día de salida. El proveedor de alojamiento tendrá derecho a cobrar un día adicional si las habitaciones no se desocupan a tiempo.
§ 5 Cancelación del contrato de alojamiento - Gastos de cancelación
Renuncia del anfitrión
5.1 Si el contrato de alojamiento estipula un depósito y este no ha sido pagado por la parte contratante dentro del plazo estipulado, el proveedor de alojamiento podrá rescindir el contrato de alojamiento sin período de gracia.
5.2 Si el huésped no aparece antes de las 18:00 horas del día de llegada acordado, no existe obligación de proporcionar alojamiento, a menos que se haya acordado una hora de llegada posterior.
5.3 Si la parte contratante ha efectuado un depósito (véase el punto 3.3), el alojamiento permanecerá reservado hasta las 12:00 del mediodía del día siguiente a la fecha de llegada acordada. Si el pago anticipado se realiza por más de cuatro días, la obligación de proporcionar alojamiento finaliza a las 18:00 del cuarto día, considerándose el día de llegada como el primero, a menos que el huésped notifique al hotel una fecha de llegada posterior.
5.4 El proveedor de alojamiento podrá rescindir el contrato de alojamiento mediante declaración unilateral con una antelación no inferior a 3 meses a la fecha de llegada acordada de la parte contratante, por razones objetivamente justificadas, salvo pacto en contrario.
Cancelación por parte de la contraparte contractual - cargo por cancelación
5.5 El derecho de desistimiento de 14 días para las reservas por Internet de conformidad con el artículo 18, párrafo 1, punto 10 de las FAGG no se aplica.
5.6 El contrato de alojamiento puede ser cancelado por cualquiera de las partes mediante declaración unilateral hasta 3 meses antes de la fecha de llegada acordada del huésped sin incurrir en gastos de cancelación.
5.7 Fuera del período especificado en el § 5.6, la cancelación por declaración unilateral de la parte contratante solo es posible previo pago de las siguientes tasas de cancelación:
- hasta 3 meses - sin cargos por cancelación
- De 3 meses a 1 mes - 40% del precio total del acuerdo.
- De 1 mes a 1 semana - 70% del precio total del servicio.
- La semana pasada - 90% del precio total del acuerdo.
interrupciones en los viajes
5.8 Si la parte contratante no puede llegar al establecimiento de alojamiento el día de llegada porque todas las opciones de viaje son imposibles debido a circunstancias excepcionales imprevistas (por ejemplo, nevadas extremas, inundaciones, etc.), la parte contratante no está obligada a pagar la tarifa acordada por los días de llegada.
5.9 La obligación de pagar la estancia reservada se restablece tan pronto como sea posible viajar de nuevo, si es que esto ocurre dentro de los tres días siguientes.
§ 6 Provisión de alojamiento alternativo
6.1 El proveedor de alojamiento podrá proporcionar a la parte contratante o a los huéspedes un alojamiento alternativo adecuado (de la misma calidad) si esto es razonable para la parte contratante, especialmente si la desviación es menor y está objetivamente justificada.
6.2 Existe una justificación objetiva, por ejemplo, si la(s) habitación(es) se ha(n) vuelto inutilizable(s), los huéspedes ya alojados prolongan su estancia, hay sobreventa u otras medidas operativas importantes hacen necesaria esta medida.
6.3 Cualquier gasto adicional por el alojamiento alternativo correrá a cargo del proveedor del alojamiento.
§ 7 Derechos de la parte contratante
7.1 Al formalizar un contrato de alojamiento, la parte contratante adquiere el derecho al uso habitual de las habitaciones alquiladas, de las instalaciones del establecimiento que suelen estar a disposición de los huéspedes sin condiciones especiales y del servicio habitual. La parte contratante deberá ejercer sus derechos de conformidad con las normas del hotel y/o de la casa aplicables.
§ 8 Obligaciones de la parte contratante
8.1 La parte contratante está obligada a pagar la tarifa acordada más cualquier cantidad adicional incurrida debido al uso separado de los servicios por parte de él y/o los huéspedes que lo acompañan, más el IVA legal, a más tardar en el momento de la salida.
8.2 El proveedor de alojamiento no está obligado a aceptar divisas extranjeras. Si las acepta, se convertirán al tipo de cambio vigente. En caso de que el proveedor acepte divisas extranjeras o métodos de pago sin efectivo, la parte contratante correrá con todos los gastos asociados, como consultas a las compañías de tarjetas de crédito, telegramas, etc.
8.3 La parte contratante es responsable ante el proveedor de alojamiento por cualquier daño causado por él o por el huésped u otras personas que, con el conocimiento o la voluntad de la parte contratante, reciban servicios del proveedor de alojamiento.
§ 9 Derechos del anfitrión
9.1 Si la parte contratante se niega a pagar la tarifa acordada o se encuentra en mora, el proveedor de alojamiento tiene el derecho legal de retención conforme al artículo 970c del Código Civil austriaco (ABGB) y el derecho de retención legal conforme al artículo 1101 del Código Civil austriaco (ABGB) sobre los artículos introducidos en el establecimiento por la parte contratante o el huésped. Este derecho de retención o de retención también garantiza las reclamaciones del proveedor de alojamiento derivadas del contrato de alojamiento, en particular las relativas a las comidas.
otros gastos incurridos en nombre del socio contractual y cualquier reclamación de indemnización de cualquier tipo.
9.2 Si se solicita servicio en la habitación del huésped o en horarios inusuales (después de las 20:00 y antes de las 6:00), el hotelero tiene derecho a cobrar un suplemento. Este suplemento debe figurar en la lista de precios de la habitación. El hotelero también puede denegar estos servicios por razones operativas.
9.3 El proveedor de alojamiento tiene derecho a emitir una factura o una factura provisional por sus servicios en cualquier momento.
§ 10 Obligaciones del anfitrión
10.1 El proveedor de alojamiento está obligado a prestar los servicios acordados con un nivel acorde a su establecimiento.
10.2 Ejemplos de servicios especiales prestados por el proveedor de alojamiento que están sujetos a etiquetado obligatorio y no están incluidos en la tarifa de alojamiento son:
a) Servicios especiales de alojamiento que pueden cobrarse por separado, como el uso de salones, sauna, piscina cubierta, piscina, solárium, garaje, etc.;
b) Se cobra un precio reducido por el suministro de camas supletorias o camas para niños.
§ 11 Responsabilidad del posadero por los daños a los objetos introducidos en el establecimiento.
11.1 El posadero es responsable de las pertenencias que el contratante introduzca en el establecimiento, de conformidad con los artículos 970 y siguientes del Código Civil austriaco (ABGB). La responsabilidad del posadero solo se aplica si las pertenencias le han sido entregadas a él o a personas autorizadas por él, o si han sido llevadas a un lugar designado o especificado por ellos. Salvo prueba en contrario, el posadero es responsable de su propia negligencia o de la negligencia de su personal, así como de las personas que entren y salgan del establecimiento. De conformidad con el artículo 970, apartado 1, del Código Civil austriaco (ABGB), la responsabilidad del posadero se limita al importe estipulado en la Ley Federal de 16 de noviembre de 1921, sobre la Responsabilidad de los Posaderos y Otros Empresarios, con sus modificaciones posteriores. Si el contratante o huésped no cumple de inmediato con la solicitud del posadero de depositar sus pertenencias en un área de almacenamiento designada, el posadero queda eximido de toda responsabilidad. El monto de la responsabilidad del posadero se limita a la cobertura máxima de su seguro de responsabilidad civil. Se debe considerar cualquier falta por parte del contratante o huésped.
11.2 Se excluye la responsabilidad del proveedor de alojamiento por negligencia leve. Si la contraparte contractual es una empresa, también se excluye la responsabilidad por negligencia grave. En este caso, la contraparte contractual deberá probar la existencia de la culpa. En ningún caso se indemnizarán los daños consecuenciales o indirectos, así como el lucro cesante.
11.3 La responsabilidad del posadero por objetos de valor, dinero y títulos valores se limita a la cantidad actual de 550 €. El posadero solo será responsable de los daños que superen esta cantidad si aceptó dichos objetos para su custodia conociendo su naturaleza, o si el daño fue causado por él mismo o por alguno de sus empleados. Se aplicarán las limitaciones de responsabilidad establecidas en los apartados 12.1 y 12.2.
11.4 El posadero podrá negarse a aceptar objetos de valor, dinero y valores para su custodia si su valor es significativamente mayor que el de los artículos que los huéspedes del establecimiento suelen depositar.
11.5 En todos los casos de custodia aceptada, se excluye la responsabilidad si el socio contractual y/o el huésped no notifican al proveedor del alojamiento cualquier daño inmediatamente después de tener conocimiento del mismo. Además, estas reclamaciones deben presentarse ante los tribunales dentro de los tres años siguientes a la fecha en que el socio contractual o el huésped tuvieron conocimiento, o razonablemente se esperaba que tuvieran conocimiento, del daño; de lo contrario, el derecho a reclamar caduca.
§ 12 Limitaciones de responsabilidad
12.1 Si la parte contratante es un consumidor, se excluye la responsabilidad del proveedor de alojamiento por negligencia leve, con excepción de las lesiones personales.
12.2 Si la contraparte contractual es una empresa, se excluye la responsabilidad del proveedor de alojamiento por negligencia leve o grave. En este caso, la carga de la prueba de la existencia de culpa recae sobre la contraparte contractual. No se indemnizarán los daños consecuenciales, los daños no patrimoniales ni los daños indirectos, así como el lucro cesante. En cualquier caso, la indemnización por daños y perjuicios se limita al importe del interés depositado.
§ 13 Ganadería
13.1 Los animales solo podrán ser introducidos en el establecimiento de alojamiento con el consentimiento previo del proveedor del alojamiento y, posiblemente, a cambio de una remuneración especial.
13.2 La parte contratante que traiga un animal está obligada a mantener o supervisar adecuadamente a este animal durante su estancia o a hacer que terceros adecuados lo mantengan o supervisen a su propio costo.
13.3 La parte contratante o el huésped que traiga un animal debe contar con un seguro de responsabilidad civil para animales o un seguro de responsabilidad civil privado que cubra los posibles daños causados por los animales. El proveedor del alojamiento deberá presentar un comprobante de dicho seguro si así lo solicita.
13.4 La parte contratante o su aseguradora será responsable solidariamente ante el proveedor de alojamiento por cualquier daño causado por animales introducidos en las instalaciones. Esto incluye, en particular, cualquier indemnización que el proveedor de alojamiento deba abonar a terceros.
13.5 No se permiten animales en los salones, salas comunes, comedores y áreas de bienestar.
§ 14 Ampliación del alojamiento
14.1 La parte contratante no tiene derecho a una prórroga de su estancia. Si la parte contratante notifica con suficiente antelación su deseo de prolongar su estancia, el proveedor de alojamiento podrá aceptar la prórroga del contrato de alojamiento. El proveedor de alojamiento no está obligado a hacerlo.
14.2 Si el huésped no puede abandonar el alojamiento el día de la salida debido a que todos los medios de transporte están bloqueados o inutilizables por circunstancias excepcionales imprevistas (por ejemplo, fuertes nevadas, inundaciones, etc.), el contrato de alojamiento se prorrogará automáticamente durante el tiempo que dure la imposibilidad de salida. Solo se podrá aplicar una reducción en la tarifa durante este período si el huésped no puede disfrutar plenamente de los servicios ofrecidos por el alojamiento debido a las condiciones climáticas excepcionales. El alojamiento tiene derecho a exigir, como mínimo, la tarifa correspondiente a la tarifa habitual de temporada baja.
§ 15 Terminación del contrato de alojamiento - Terminación anticipada
15.1 Si el contrato de alojamiento se celebró por un período específico, finaliza al expirar dicho período.
15.2 Si el cliente se marcha antes de tiempo, el proveedor de alojamiento tiene derecho a exigir el pago íntegro del precio acordado. El proveedor de alojamiento deducirá cualquier ahorro derivado de la no utilización de sus servicios o cualquier ingreso generado por el alquiler de las habitaciones reservadas a otros huéspedes. Solo se considerará que existe ahorro si el proveedor de alojamiento tiene todas sus habitaciones reservadas en el momento en que el cliente no utiliza las habitaciones reservadas y estas pueden alquilarse a otros huéspedes debido a la cancelación. La carga de la prueba respecto a cualquier ahorro recae sobre el cliente.
15.3 El contrato con el anfitrión finaliza con la muerte del huésped.
15.4 Si el contrato de alojamiento se ha celebrado por tiempo indefinido, las partes contratantes podrán rescindir el contrato antes de las 10:00 horas del tercer día anterior a la fecha prevista de finalización del contrato.
15.5 El proveedor de alojamiento tiene derecho a rescindir el contrato de alojamiento con efecto inmediato por causa justificada, en particular si la parte contratante o el huésped
a) hace un uso significativamente perjudicial de las instalaciones o, a través de su comportamiento desconsiderado, ofensivo o de otro modo gravemente inapropiado, hace que la convivencia sea desagradable para los demás huéspedes, el propietario, su personal o terceros que residan en el establecimiento de alojamiento, o es culpable de un acto punible contra la propiedad, la moral o la seguridad física hacia estas personas;
b) contrae una enfermedad infecciosa o una enfermedad que se prolonga más allá del período de alojamiento, o que de otro modo necesita cuidados;
c) las facturas presentadas no fueron pagadas dentro de un plazo razonable (3 días) al vencimiento.
15.6 Si el cumplimiento del contrato se vuelve imposible debido a un evento de fuerza mayor (por ejemplo, desastres naturales, huelgas, cierres patronales, órdenes oficiales, etc.), el proveedor de alojamiento podrá rescindir el contrato en cualquier momento sin previo aviso, a menos que el contrato se considere rescindido legalmente o que el proveedor de alojamiento quede liberado de su obligación de proporcionar alojamiento. Las reclamaciones por daños y perjuicios, etc., por parte de la contraparte contractual no se verán afectadas.
están excluidos.
§ 16 Enfermedad o fallecimiento del huésped
16.1 Si un huésped enferma durante su estancia en el establecimiento, el proveedor del alojamiento le proporcionará atención médica a petición del huésped. En caso de peligro inminente, el proveedor del alojamiento le proporcionará atención médica incluso sin una solicitud específica del huésped, especialmente si es necesario y el huésped no puede hacerlo por sí mismo.
16.2 Mientras el huésped no pueda tomar decisiones o no se pueda contactar con sus familiares, el proveedor del alojamiento gestionará el tratamiento médico a cargo del huésped. Sin embargo, estas medidas finalizan en cuanto el huésped recupere la capacidad de tomar decisiones o se notifique la enfermedad a sus familiares.
16.3 El proveedor de alojamiento tiene derecho a reclamar una indemnización a la parte contratante y al huésped, o en caso de fallecimiento a sus herederos legales, en particular por los siguientes gastos:
a) gastos médicos pendientes, gastos de transporte en ambulancia, medicamentos y ayudas médicas
b) desinfección necesaria de la habitación,
c) ropa de cama, sábanas y ropa de cama inutilizables, o bien para la desinfección o limpieza a fondo de todos estos artículos,
d) Restauración de paredes, muebles, alfombras, etc., en la medida en que estos se hayan ensuciado o dañado en relación con la enfermedad o la muerte,
e) Alquiler de la habitación, en la medida en que las instalaciones fueron utilizadas por el huésped, más los días en que las habitaciones no pudieron utilizarse debido a desinfección, limpieza, etc.
f) cualquier otro daño sufrido por el proveedor del alojamiento.
§ 17 Lugar de cumplimiento, jurisdicción y elección de la ley aplicable
17.1 El lugar de la representación es el lugar donde se encuentra el establecimiento de alojamiento.
17.2 Este contrato se rige por el derecho formal y sustantivo austriaco, excluyendo las normas de derecho internacional privado (en particular la Ley de Derecho Internacional Privado de Austria y el Convenio de Lugano) y la Convención de las Naciones Unidas sobre los Contratos de Compraventa Internacional de Mercaderías.
17.3 El lugar exclusivo de jurisdicción en transacciones comerciales bilaterales es el domicilio social del proveedor de alojamiento, si bien el proveedor de alojamiento también tiene derecho a hacer valer sus derechos ante cualquier otro tribunal local y materialmente competente.
17.4 Si el contrato de alojamiento se celebró con un socio contractual que es un consumidor y tiene su residencia o domicilio habitual en Austria, la acción legal contra el consumidor solo podrá interponerse en el lugar de residencia, domicilio habitual o lugar de trabajo del consumidor.
17.5 Si el contrato de alojamiento se celebró con una parte contratante que es consumidor y tiene su residencia en un Estado miembro de la Unión Europea (con excepción de Austria), Islandia, Noruega o Suiza, el tribunal con jurisdicción territorial y material del lugar de residencia del consumidor tendrá jurisdicción exclusiva para las acciones contra el consumidor.
§ 18 Disposiciones varias
18.1 Salvo que se disponga lo contrario en las disposiciones anteriores, el plazo comienza a correr a partir de la entrega del documento que lo estipula a las partes contratantes obligadas a cumplirlo. Al calcular un plazo expresado en días, no se incluye el día en que ocurre el evento o suceso que lo activa. Los plazos expresados en semanas o meses se refieren al día de la semana o del mes que corresponde, por nombre o número, al día a partir del cual se calcula el plazo. Si este día no existe en el mes, se aplicará el último día de ese mes.
18.2 Las declaraciones deben ser recibidas por la otra parte contratante el último día del plazo (medianoche).
18.3 El proveedor de alojamiento tiene derecho a compensar sus propios créditos con los créditos de la contraparte contractual. La contraparte contractual no tiene derecho a compensar sus propios créditos con los créditos del proveedor de alojamiento a menos que este último sea insolvente o que el crédito de la contraparte contractual haya sido reconocido o establecido legalmente por el proveedor de alojamiento.
18.4 En caso de lagunas normativas, se aplicarán las disposiciones legales pertinentes.
1.1 Las presentes Condiciones Generales para la Industria Hotelera (en adelante denominadas "AGBH 2006") sustituyen a las anteriores Condiciones Generales de la Industria Hotelera (ÖHVB) de fecha 23 de septiembre de 1981.
1.2 Las Condiciones Generales de Contratación para la Industria de la Construcción (AGBH 2006) no excluyen los acuerdos especiales. Las Condiciones Generales de Contratación para la Industria de la Construcción (AGBH 2006) son subsidiarias de los acuerdos individuales.
§ 2 Definiciones
2.1 Definiciones de términos:
"Proveedor de alojamiento": Es una persona física o jurídica que aloja a huéspedes a cambio de una tarifa.
«Huésped»: Se refiere a una persona física que utiliza el alojamiento. El huésped suele ser también la parte contratante. Las personas que viajan con la parte contratante (por ejemplo, familiares, amigos, etc.) también se consideran huéspedes.
"Parte contratante": Se trata de una persona física o jurídica, residente en Alemania o en el extranjero, que celebra un contrato de alojamiento como huésped o en nombre de un huésped.
"Consumidor" y "empresario": Estos términos deben entenderse de conformidad con la Ley de Protección del Consumidor de 1979, en su versión modificada.
"Contrato de alojamiento": Este es el contrato que se celebra entre el proveedor de alojamiento y la parte contratante, cuyo contenido se regula con más detalle a continuación.
§ 3 Celebración del contrato - Pago inicial
3.1 El contrato de alojamiento se formaliza al aceptar la reserva el proveedor del alojamiento. Las declaraciones electrónicas se consideran recibidas cuando el destinatario puede acceder a ellas en circunstancias normales y durante el horario comercial publicado por el proveedor del alojamiento.
3.2 El proveedor de alojamiento tiene derecho a formalizar el contrato de alojamiento con la condición de que la parte contratante realice un depósito. En este caso, el proveedor de alojamiento está obligado a informar a la parte contratante del depósito requerido antes de aceptar su reserva, ya sea escrita o verbal. Si la parte contratante acepta el depósito (por escrito o verbalmente), el contrato de alojamiento se formaliza al recibir el proveedor de alojamiento la declaración de consentimiento de la parte contratante para realizar dicho depósito.
3.3 La parte contratante está obligada a abonar el depósito con una antelación mínima de 7 días (fecha de recepción) a la llegada al alojamiento. La parte contratante correrá con los gastos de la transferencia bancaria (por ejemplo, las comisiones). Se aplicarán los términos y condiciones de las entidades emisoras de tarjetas de crédito y débito.
3.4 El pago inicial es un pago parcial a cuenta de la tarifa acordada.
§ 4 Inicio y fin del alojamiento
4.1 A menos que el proveedor de alojamiento ofrezca una hora de entrada diferente, la parte contratante tiene derecho a ocupar las habitaciones alquiladas a partir de las 16:00 horas del día acordado ("día de llegada").
4.2 Si una habitación se ocupa por primera vez antes de las 6:00 a. m., la noche anterior cuenta como la primera estancia nocturna.
4.3 Las habitaciones alquiladas deberán ser desocupadas por la parte contratante antes de las 12:00 del mediodía del día de salida. El proveedor de alojamiento tendrá derecho a cobrar un día adicional si las habitaciones no se desocupan a tiempo.
§ 5 Cancelación del contrato de alojamiento - Gastos de cancelación
Renuncia del anfitrión
5.1 Si el contrato de alojamiento estipula un depósito y este no ha sido pagado por la parte contratante dentro del plazo estipulado, el proveedor de alojamiento podrá rescindir el contrato de alojamiento sin período de gracia.
5.2 Si el huésped no aparece antes de las 18:00 horas del día de llegada acordado, no existe obligación de proporcionar alojamiento, a menos que se haya acordado una hora de llegada posterior.
5.3 Si la parte contratante ha efectuado un depósito (véase el punto 3.3), el alojamiento permanecerá reservado hasta las 12:00 del mediodía del día siguiente a la fecha de llegada acordada. Si el pago anticipado se realiza por más de cuatro días, la obligación de proporcionar alojamiento finaliza a las 18:00 del cuarto día, considerándose el día de llegada como el primero, a menos que el huésped notifique al hotel una fecha de llegada posterior.
5.4 El proveedor de alojamiento podrá rescindir el contrato de alojamiento mediante declaración unilateral con una antelación no inferior a 3 meses a la fecha de llegada acordada de la parte contratante, por razones objetivamente justificadas, salvo pacto en contrario.
Cancelación por parte de la contraparte contractual - cargo por cancelación
5.5 El derecho de desistimiento de 14 días para las reservas por Internet de conformidad con el artículo 18, párrafo 1, punto 10 de las FAGG no se aplica.
5.6 El contrato de alojamiento puede ser cancelado por cualquiera de las partes mediante declaración unilateral hasta 3 meses antes de la fecha de llegada acordada del huésped sin incurrir en gastos de cancelación.
5.7 Fuera del período especificado en el § 5.6, la cancelación por declaración unilateral de la parte contratante solo es posible previo pago de las siguientes tasas de cancelación:
- hasta 3 meses - sin cargos por cancelación
- De 3 meses a 1 mes - 40% del precio total del acuerdo.
- De 1 mes a 1 semana - 70% del precio total del servicio.
- La semana pasada - 90% del precio total del acuerdo.
interrupciones en los viajes
5.8 Si la parte contratante no puede llegar al establecimiento de alojamiento el día de llegada porque todas las opciones de viaje son imposibles debido a circunstancias excepcionales imprevistas (por ejemplo, nevadas extremas, inundaciones, etc.), la parte contratante no está obligada a pagar la tarifa acordada por los días de llegada.
5.9 La obligación de pagar la estancia reservada se restablece tan pronto como sea posible viajar de nuevo, si es que esto ocurre dentro de los tres días siguientes.
§ 6 Provisión de alojamiento alternativo
6.1 El proveedor de alojamiento podrá proporcionar a la parte contratante o a los huéspedes un alojamiento alternativo adecuado (de la misma calidad) si esto es razonable para la parte contratante, especialmente si la desviación es menor y está objetivamente justificada.
6.2 Existe una justificación objetiva, por ejemplo, si la(s) habitación(es) se ha(n) vuelto inutilizable(s), los huéspedes ya alojados prolongan su estancia, hay sobreventa u otras medidas operativas importantes hacen necesaria esta medida.
6.3 Cualquier gasto adicional por el alojamiento alternativo correrá a cargo del proveedor del alojamiento.
§ 7 Derechos de la parte contratante
7.1 Al formalizar un contrato de alojamiento, la parte contratante adquiere el derecho al uso habitual de las habitaciones alquiladas, de las instalaciones del establecimiento que suelen estar a disposición de los huéspedes sin condiciones especiales y del servicio habitual. La parte contratante deberá ejercer sus derechos de conformidad con las normas del hotel y/o de la casa aplicables.
§ 8 Obligaciones de la parte contratante
8.1 La parte contratante está obligada a pagar la tarifa acordada más cualquier cantidad adicional incurrida debido al uso separado de los servicios por parte de él y/o los huéspedes que lo acompañan, más el IVA legal, a más tardar en el momento de la salida.
8.2 El proveedor de alojamiento no está obligado a aceptar divisas extranjeras. Si las acepta, se convertirán al tipo de cambio vigente. En caso de que el proveedor acepte divisas extranjeras o métodos de pago sin efectivo, la parte contratante correrá con todos los gastos asociados, como consultas a las compañías de tarjetas de crédito, telegramas, etc.
8.3 La parte contratante es responsable ante el proveedor de alojamiento por cualquier daño causado por él o por el huésped u otras personas que, con el conocimiento o la voluntad de la parte contratante, reciban servicios del proveedor de alojamiento.
§ 9 Derechos del anfitrión
9.1 Si la parte contratante se niega a pagar la tarifa acordada o se encuentra en mora, el proveedor de alojamiento tiene el derecho legal de retención conforme al artículo 970c del Código Civil austriaco (ABGB) y el derecho de retención legal conforme al artículo 1101 del Código Civil austriaco (ABGB) sobre los artículos introducidos en el establecimiento por la parte contratante o el huésped. Este derecho de retención o de retención también garantiza las reclamaciones del proveedor de alojamiento derivadas del contrato de alojamiento, en particular las relativas a las comidas.
otros gastos incurridos en nombre del socio contractual y cualquier reclamación de indemnización de cualquier tipo.
9.2 Si se solicita servicio en la habitación del huésped o en horarios inusuales (después de las 20:00 y antes de las 6:00), el hotelero tiene derecho a cobrar un suplemento. Este suplemento debe figurar en la lista de precios de la habitación. El hotelero también puede denegar estos servicios por razones operativas.
9.3 El proveedor de alojamiento tiene derecho a emitir una factura o una factura provisional por sus servicios en cualquier momento.
§ 10 Obligaciones del anfitrión
10.1 El proveedor de alojamiento está obligado a prestar los servicios acordados con un nivel acorde a su establecimiento.
10.2 Ejemplos de servicios especiales prestados por el proveedor de alojamiento que están sujetos a etiquetado obligatorio y no están incluidos en la tarifa de alojamiento son:
a) Servicios especiales de alojamiento que pueden cobrarse por separado, como el uso de salones, sauna, piscina cubierta, piscina, solárium, garaje, etc.;
b) Se cobra un precio reducido por el suministro de camas supletorias o camas para niños.
§ 11 Responsabilidad del posadero por los daños a los objetos introducidos en el establecimiento.
11.1 El posadero es responsable de las pertenencias que el contratante introduzca en el establecimiento, de conformidad con los artículos 970 y siguientes del Código Civil austriaco (ABGB). La responsabilidad del posadero solo se aplica si las pertenencias le han sido entregadas a él o a personas autorizadas por él, o si han sido llevadas a un lugar designado o especificado por ellos. Salvo prueba en contrario, el posadero es responsable de su propia negligencia o de la negligencia de su personal, así como de las personas que entren y salgan del establecimiento. De conformidad con el artículo 970, apartado 1, del Código Civil austriaco (ABGB), la responsabilidad del posadero se limita al importe estipulado en la Ley Federal de 16 de noviembre de 1921, sobre la Responsabilidad de los Posaderos y Otros Empresarios, con sus modificaciones posteriores. Si el contratante o huésped no cumple de inmediato con la solicitud del posadero de depositar sus pertenencias en un área de almacenamiento designada, el posadero queda eximido de toda responsabilidad. El monto de la responsabilidad del posadero se limita a la cobertura máxima de su seguro de responsabilidad civil. Se debe considerar cualquier falta por parte del contratante o huésped.
11.2 Se excluye la responsabilidad del proveedor de alojamiento por negligencia leve. Si la contraparte contractual es una empresa, también se excluye la responsabilidad por negligencia grave. En este caso, la contraparte contractual deberá probar la existencia de la culpa. En ningún caso se indemnizarán los daños consecuenciales o indirectos, así como el lucro cesante.
11.3 La responsabilidad del posadero por objetos de valor, dinero y títulos valores se limita a la cantidad actual de 550 €. El posadero solo será responsable de los daños que superen esta cantidad si aceptó dichos objetos para su custodia conociendo su naturaleza, o si el daño fue causado por él mismo o por alguno de sus empleados. Se aplicarán las limitaciones de responsabilidad establecidas en los apartados 12.1 y 12.2.
11.4 El posadero podrá negarse a aceptar objetos de valor, dinero y valores para su custodia si su valor es significativamente mayor que el de los artículos que los huéspedes del establecimiento suelen depositar.
11.5 En todos los casos de custodia aceptada, se excluye la responsabilidad si el socio contractual y/o el huésped no notifican al proveedor del alojamiento cualquier daño inmediatamente después de tener conocimiento del mismo. Además, estas reclamaciones deben presentarse ante los tribunales dentro de los tres años siguientes a la fecha en que el socio contractual o el huésped tuvieron conocimiento, o razonablemente se esperaba que tuvieran conocimiento, del daño; de lo contrario, el derecho a reclamar caduca.
§ 12 Limitaciones de responsabilidad
12.1 Si la parte contratante es un consumidor, se excluye la responsabilidad del proveedor de alojamiento por negligencia leve, con excepción de las lesiones personales.
12.2 Si la contraparte contractual es una empresa, se excluye la responsabilidad del proveedor de alojamiento por negligencia leve o grave. En este caso, la carga de la prueba de la existencia de culpa recae sobre la contraparte contractual. No se indemnizarán los daños consecuenciales, los daños no patrimoniales ni los daños indirectos, así como el lucro cesante. En cualquier caso, la indemnización por daños y perjuicios se limita al importe del interés depositado.
§ 13 Ganadería
13.1 Los animales solo podrán ser introducidos en el establecimiento de alojamiento con el consentimiento previo del proveedor del alojamiento y, posiblemente, a cambio de una remuneración especial.
13.2 La parte contratante que traiga un animal está obligada a mantener o supervisar adecuadamente a este animal durante su estancia o a hacer que terceros adecuados lo mantengan o supervisen a su propio costo.
13.3 La parte contratante o el huésped que traiga un animal debe contar con un seguro de responsabilidad civil para animales o un seguro de responsabilidad civil privado que cubra los posibles daños causados por los animales. El proveedor del alojamiento deberá presentar un comprobante de dicho seguro si así lo solicita.
13.4 La parte contratante o su aseguradora será responsable solidariamente ante el proveedor de alojamiento por cualquier daño causado por animales introducidos en las instalaciones. Esto incluye, en particular, cualquier indemnización que el proveedor de alojamiento deba abonar a terceros.
13.5 No se permiten animales en los salones, salas comunes, comedores y áreas de bienestar.
§ 14 Ampliación del alojamiento
14.1 La parte contratante no tiene derecho a una prórroga de su estancia. Si la parte contratante notifica con suficiente antelación su deseo de prolongar su estancia, el proveedor de alojamiento podrá aceptar la prórroga del contrato de alojamiento. El proveedor de alojamiento no está obligado a hacerlo.
14.2 Si el huésped no puede abandonar el alojamiento el día de la salida debido a que todos los medios de transporte están bloqueados o inutilizables por circunstancias excepcionales imprevistas (por ejemplo, fuertes nevadas, inundaciones, etc.), el contrato de alojamiento se prorrogará automáticamente durante el tiempo que dure la imposibilidad de salida. Solo se podrá aplicar una reducción en la tarifa durante este período si el huésped no puede disfrutar plenamente de los servicios ofrecidos por el alojamiento debido a las condiciones climáticas excepcionales. El alojamiento tiene derecho a exigir, como mínimo, la tarifa correspondiente a la tarifa habitual de temporada baja.
§ 15 Terminación del contrato de alojamiento - Terminación anticipada
15.1 Si el contrato de alojamiento se celebró por un período específico, finaliza al expirar dicho período.
15.2 Si el cliente se marcha antes de tiempo, el proveedor de alojamiento tiene derecho a exigir el pago íntegro del precio acordado. El proveedor de alojamiento deducirá cualquier ahorro derivado de la no utilización de sus servicios o cualquier ingreso generado por el alquiler de las habitaciones reservadas a otros huéspedes. Solo se considerará que existe ahorro si el proveedor de alojamiento tiene todas sus habitaciones reservadas en el momento en que el cliente no utiliza las habitaciones reservadas y estas pueden alquilarse a otros huéspedes debido a la cancelación. La carga de la prueba respecto a cualquier ahorro recae sobre el cliente.
15.3 El contrato con el anfitrión finaliza con la muerte del huésped.
15.4 Si el contrato de alojamiento se ha celebrado por tiempo indefinido, las partes contratantes podrán rescindir el contrato antes de las 10:00 horas del tercer día anterior a la fecha prevista de finalización del contrato.
15.5 El proveedor de alojamiento tiene derecho a rescindir el contrato de alojamiento con efecto inmediato por causa justificada, en particular si la parte contratante o el huésped
a) hace un uso significativamente perjudicial de las instalaciones o, a través de su comportamiento desconsiderado, ofensivo o de otro modo gravemente inapropiado, hace que la convivencia sea desagradable para los demás huéspedes, el propietario, su personal o terceros que residan en el establecimiento de alojamiento, o es culpable de un acto punible contra la propiedad, la moral o la seguridad física hacia estas personas;
b) contrae una enfermedad infecciosa o una enfermedad que se prolonga más allá del período de alojamiento, o que de otro modo necesita cuidados;
c) las facturas presentadas no fueron pagadas dentro de un plazo razonable (3 días) al vencimiento.
15.6 Si el cumplimiento del contrato se vuelve imposible debido a un evento de fuerza mayor (por ejemplo, desastres naturales, huelgas, cierres patronales, órdenes oficiales, etc.), el proveedor de alojamiento podrá rescindir el contrato en cualquier momento sin previo aviso, a menos que el contrato se considere rescindido legalmente o que el proveedor de alojamiento quede liberado de su obligación de proporcionar alojamiento. Las reclamaciones por daños y perjuicios, etc., por parte de la contraparte contractual no se verán afectadas.
están excluidos.
§ 16 Enfermedad o fallecimiento del huésped
16.1 Si un huésped enferma durante su estancia en el establecimiento, el proveedor del alojamiento le proporcionará atención médica a petición del huésped. En caso de peligro inminente, el proveedor del alojamiento le proporcionará atención médica incluso sin una solicitud específica del huésped, especialmente si es necesario y el huésped no puede hacerlo por sí mismo.
16.2 Mientras el huésped no pueda tomar decisiones o no se pueda contactar con sus familiares, el proveedor del alojamiento gestionará el tratamiento médico a cargo del huésped. Sin embargo, estas medidas finalizan en cuanto el huésped recupere la capacidad de tomar decisiones o se notifique la enfermedad a sus familiares.
16.3 El proveedor de alojamiento tiene derecho a reclamar una indemnización a la parte contratante y al huésped, o en caso de fallecimiento a sus herederos legales, en particular por los siguientes gastos:
a) gastos médicos pendientes, gastos de transporte en ambulancia, medicamentos y ayudas médicas
b) desinfección necesaria de la habitación,
c) ropa de cama, sábanas y ropa de cama inutilizables, o bien para la desinfección o limpieza a fondo de todos estos artículos,
d) Restauración de paredes, muebles, alfombras, etc., en la medida en que estos se hayan ensuciado o dañado en relación con la enfermedad o la muerte,
e) Alquiler de la habitación, en la medida en que las instalaciones fueron utilizadas por el huésped, más los días en que las habitaciones no pudieron utilizarse debido a desinfección, limpieza, etc.
f) cualquier otro daño sufrido por el proveedor del alojamiento.
§ 17 Lugar de cumplimiento, jurisdicción y elección de la ley aplicable
17.1 El lugar de la representación es el lugar donde se encuentra el establecimiento de alojamiento.
17.2 Este contrato se rige por el derecho formal y sustantivo austriaco, excluyendo las normas de derecho internacional privado (en particular la Ley de Derecho Internacional Privado de Austria y el Convenio de Lugano) y la Convención de las Naciones Unidas sobre los Contratos de Compraventa Internacional de Mercaderías.
17.3 El lugar exclusivo de jurisdicción en transacciones comerciales bilaterales es el domicilio social del proveedor de alojamiento, si bien el proveedor de alojamiento también tiene derecho a hacer valer sus derechos ante cualquier otro tribunal local y materialmente competente.
17.4 Si el contrato de alojamiento se celebró con un socio contractual que es un consumidor y tiene su residencia o domicilio habitual en Austria, la acción legal contra el consumidor solo podrá interponerse en el lugar de residencia, domicilio habitual o lugar de trabajo del consumidor.
17.5 Si el contrato de alojamiento se celebró con una parte contratante que es consumidor y tiene su residencia en un Estado miembro de la Unión Europea (con excepción de Austria), Islandia, Noruega o Suiza, el tribunal con jurisdicción territorial y material del lugar de residencia del consumidor tendrá jurisdicción exclusiva para las acciones contra el consumidor.
§ 18 Disposiciones varias
18.1 Salvo que se disponga lo contrario en las disposiciones anteriores, el plazo comienza a correr a partir de la entrega del documento que lo estipula a las partes contratantes obligadas a cumplirlo. Al calcular un plazo expresado en días, no se incluye el día en que ocurre el evento o suceso que lo activa. Los plazos expresados en semanas o meses se refieren al día de la semana o del mes que corresponde, por nombre o número, al día a partir del cual se calcula el plazo. Si este día no existe en el mes, se aplicará el último día de ese mes.
18.2 Las declaraciones deben ser recibidas por la otra parte contratante el último día del plazo (medianoche).
18.3 El proveedor de alojamiento tiene derecho a compensar sus propios créditos con los créditos de la contraparte contractual. La contraparte contractual no tiene derecho a compensar sus propios créditos con los créditos del proveedor de alojamiento a menos que este último sea insolvente o que el crédito de la contraparte contractual haya sido reconocido o establecido legalmente por el proveedor de alojamiento.
18.4 En caso de lagunas normativas, se aplicarán las disposiciones legales pertinentes.
